El Consejo Nacional de
Educación fijó el 3 de agosto de este año como fecha de inicio del año escolar
2015-2016, el cual tendrá una duración de 45 semanas, hasta el 24 de junio del
año que viene, aunque el inicio formal de la docencia, que se extenderá durante
42 semanas, será el 17 de agosto, hasta el 22 de junio de 2016.
Según el Calendario
Escolar aprobado por el Consejo en su sesión de este jueves, encabezado por su
presidente, el ministro de Educación, licenciado Carlos Amarante Baret, las
horas de docencia del Año Escolar 2015-2016 se impartirán de la forma
siguiente: 995 horas en Educación Inicial y Primaria y Primer Ciclo de
Educación de Adultos; 1,194 horas/año en Educación Secundaria General,
Modalidad General, y 1,392 en Educación General Acelera.
En Educación Secundaria,
en las modalidades de Artes y
Técnico-profesional se impartirán 1,592 horas/año, en Educación Básica de
Adultos Semipresencial 252, en semipresencial Prepara 294 y 378 horas
presenciales en el programa acelerado. Mientras, en los centros educativos de
la Jornada Escolar Extendida se deben agotar 1,592 horas/año.
El Calendario Escolar fue
aprobado a unanimidad por los miembros del Consejo Nacional de Educación, que
sesionaron durante varias horas en el salón Ercilia Pepín, del Ministerio de
Educación. Otros temas fueron tratados durante la reunión, en la que se tomaron
distintas decisiones.
El Calendario incluye las
actividades curriculares a desarrollarse
en las 42 semanas de docencia en los centros públicos y privados.
El Calendario tiene
vigencia mediante la Resolución número 0000, firmada por el ministro de
Educación, licenciado Carlos Amarante Baret.
De acuerdo a la
Resolución, la docencia iniciará el 17 de agosto de este año y concluirá el 22
de junio de 2016.
El Calendario Escolar fue
presentado a los miembros del Consejo por el viceministro de Asuntos Técnicos y
Pedagógicos, Luis Enrique Matos, quien exhortó a profesores y estudiantes a
cubrirlo por completo en el año escolar que se avecina.
Dijo que en dicho
Calendario se abarcan las actividades curriculares que serán cubiertas tanto en
las escuelas de Jornada Escolar Extendida como en las de doble tanda que aún no
han sido incluidas en ese sistema.
Sobre el particular, el
ministro Amarante Baret calificó el Calendario Escolar como una herramienta
importante para que el nuevo año escolar inicie y se desarrolle con la mayor
organización posible en todos los centros educativos del país.
En el Calendario se
establecen fechas y actividades
relevantes dirigidas a miembros de la comunidad educativa nacional, entre las
que se destacan: Actividades curriculares orientadas a promover una formación
integral y aprendizajes significativos, acciones organizativas y formativas de
las instancias del sistema educativo dirigidas a docentes, personal técnico y
administrativo y familias de los estudiantes.
Establece también
actividades conmemorativas de efemérides nacionales e internacionales,
incluidas las que el calendario nacional fija como no laborables, las cuales se
vincularán con los aprendizajes curriculares, de acuerdo a su significado y
trascendencia.
“El Calendario nos
orienta y permite que tanto los profesores y profesoras, los técnicos y las
autoridades directivas y administrativas puedan planificar de manera
sistemática todas las actividades institucionales y pedagógicas necesarias para
impulsar la Revolución Educativa en marcha en estos momentos en el país. Lo
mismo podrán hacer los alumnos y sus respectivas familias”, expresa el Ministro
de Educación en la introducción del documento.